Estructura y Funcionamiento

Organos de la Asociación:

Consejo de Rectores.
Consejo Consultivo.
Secretaría General.
Grupo de Delegados Asesores.
Comisión Fiscal.

 

El Consejo de Rectores 
Está compuesto por los Rectores o Presidentes de las Universidades miembro, que tienen voz y voto en sus deliberaciones, y por el Secretario General , que sólo tiene voz.
Está presidido por el Rector o Presidente de la Universidad anfitriona, según corresponda. Se reúne dos veces por año en forma ordinaria.
Puede reunirse en forma extraordinaria en cualquier momento, siempre que sea convocado por cualquier medio fehaciente con diez días de anticipación por el Secretario General , a solicitud de por lo menos dos Miembros. 

Funciones:

  •  Establece los lineamientos de política general de la Asociación;
  • Aprueba los Estatutos de la Asociación y su reforma;
  •   Determina el país sede de la Secretaría General , designa al Secretario General y fija el régimen de su remuneración;
  •  Elige los integrantes de la Comisión Fiscal
  •  Aprueba los informes del Secretario General , el informe técnico-financiero semestral, el Reglamento Interno de funcionamiento de los órganos de la Asociación y sus posibles reformas;
  •  Decide sobre las solicitudes de ingreso de nuevos miembros;
  • Aprueba  programas y proyectos de interés para la Asociación;
  • Establece un fondo destinado a apoyar los programas y proyectos;
  • Aprueba el proyecto de presupuesto semestral y la programación de actividades;
  •  Fija el monto del aporte regular de los Miembros y su forma de pago, y las contribuciones extraordinarias. 

  El Consejo Consultivo

Está formado por los ex-Rectores o ex-Presidentes de universidades participantes, ex-miembros ellos mismos del Consejo de Rectores de la Asociación, una vez que cesan en sus mandatos. 
Se reúne por lo menos, una vez al año en forma ordinaria.
Sesiona en forma extraordinaria a convocatoria del Consejo de Rectores, de la Secretaría General o por iniciativa de alguno de sus propios miembros.
Sus sesiones son presididas por el miembro que corresponda a la Universidad anfitriona. 

Funciones:

Los miembros del Consejo pueden ser invitados a participar en las distintas iniciativas que la Asociación desarrolle, con excepción de las instancias propiamente decisorias. 

 

El Secretario General 

Permanece cuatro años en sus funciones y puede ser reelecto. 
Funciones:

  • Convoca al Consejo de Rectores y proponer un proyecto de Agenda de cada reunión;
  • Propone bases para los lineamientos de política general de la Asociación; y el Proyecto de Reglamento Interno;
  • Cumple y  hace cumplir el Estatuto;
  • Ejecuta las decisiones del Consejo de Rectores;
  •  Coordina y supervisa la marcha de los programas y proyectos en ejecución;
  •  Presenta al Consejo de Rectores el proyecto de presupuesto semestral, así como el informe técnico-financiero semestral;
  • Gestiona la asistencia técnica y la cooperación financiera de fuentes externas e internacionales que requiera la Asociación;
  • Autoriza la utilización de los recursos financieros de acuerdo con la programación de actividades aprobadas;
  • Ordena gastos y pagos; suscribe y rescinde contratos;
  • Representa a la Asociación ante los organismos públicos y las instituciones privadas nacionales, y ante las organizaciones extranjeras e internacionales. 

 

Grupo de Delegados Asesores

En la órbita de la Secretaría General funciona el Grupo de Delegados Asesores, integrado por un representante de cada uno de los Rectores.
Este grupo sesiona regularmente, entre cada una y otra de las reuniones del Consejo de Rectores, con el objeto de colaborar en el cumplimiento de sus decisiones y preparar sus futuras actividades. 

Funciones:

  • Asesora a los distintos órganos de la Asociación en las cuestiones que se les solicite;
  • Formula dictámenes y recomendaciones, en particular en los casos de incorporación, supresión o modificación de los núcleos disciplinarios y comités académicos;
  • Colabora en la coordinación y supervisión de las actividades que en general se desarrollen en los distintos ámbitos de la Asociación. 

 

La Comisión Fiscal 

Está integrada por dos representantes que son elegidos por el Consejo de Rectores entre sus integrantes, y permanecerán por lo menos un año en sus funciones. 

Funciones:

  • Fiscaliza sin aviso previo, en cualquier momento, los fondos de la asociación y los gastos efectuados;
  • Inspecciona los registros contables y demás aspectos del funcionamiento económico de la Asociación;
  • Analiza el informe técnico-financiero, previamente a su consideración por el Consejo de Rectores
  • Cumple las funciones de inspección y contralor fiscal que le asigne el Consejo de Rectores y eventualmente solicita la convocatoria extraordinaria del Consejo. 
El contralor de regularidad de los procedimientos tendientes a determinar los titulares y suplentes de todos los cargos electivos está a cargo de tres representantes del Consejo de Rectores, designados al efecto entre sus integrantes, quienes hacen las veces de Comisión Electoral. 

Todos los cargos electivos que se ejerzan en nombre de la Asociación son de carácter honorario, por cuyo motivo constituye causal de incompatibilidad para su desempeño la calidad de empleado o dependiente de la Asociación.